Cláusulas Fundamentales del Tratado Frontera, Año 0 tras la Fragmentación
Ley de Permanencia: Ningún habitante debe pisar la tierra de una isla que no sea la suya por nacimiento.
Ley de Aislamiento:
Ningún habitante puede consumir, aprender, revelar o compartir aquello que pertenece a otra isla, ni forjar con sus habitantes vínculo íntimo alguno.
Ley de Integridad: Ninguna isla, su territorio o sus habitantes pueden ser dañados, dominados o controlados por un poder externo.
En caso de incumplimiento, el infractor verá nacer de inmediato la Marca en su mano. Esta se expandirá un poco más con cada transgresión hasta que consuma su corazón y le dé muerte.
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