Inquisición

Inquisición española

El Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición, comúnmente conocido como Inquisición española, fue una institución fundada en 1478 por los Reyes Católicos que, bajo el control directo de la Corona, estaba encargada de mantener la ortodoxia católica en sus reinos. La Inquisición española tiene precedentes en instituciones similares existentes en Europa desde el siglo XII, especialmente la fundada en Francia en el año 1184. Su abolición fue aprobada por Napoleón mediante decreto de 4 de diciembre de 1808,​ en el contexto de la guerra de la Independencia; pero no se abolió definitivamente en toda la Monarquía hasta el 15 de julio de 1834, durante la regencia de María Cristina de Borbón, encuadrada en el inicio del reinado de Isabel II.

La Inquisición, como tribunal eclesiástico, solo tenía competencia sobre cristianos bautizados. Durante la mayor parte de su historia, sin embargo, al no existir libertad de culto ni en España ni en sus territorios dependientes, su jurisdicción se extendió a la práctica totalidad de los súbditos del rey de España. Así las cosas, desde la creación de los tribunales americanos, nunca tuvo jurisdicción sobre los indígenas. El rey de España ordenaba «que los inquisidores nunca procediesen contra los indios, sino contra los cristianos viejos y sus descendientes y las otras personas contra quien en estos reinos de España se suele proceder».

Orígenes

Precedentes

La institución inquisitorial no es una creación española. La primera inquisición, la episcopal, fue creada por medio de la bula papal Ad abolendam, promulgada a finales del siglo XII por el papa Lucio III como un instrumento para combatir la herejía albigense en el sur de Francia. Cincuenta años después, en 1231-1233, el papa Gregorio IX creó mediante la bula Excommunicamus la inquisición pontificia que se estableció en varios reinos cristianos europeos durante la Edad Media. En cuanto a los reinos cristianos de la península ibérica, la inquisición pontificia solo se instauró en la Corona de Aragón, donde los dominicos catalanes Raimundo de Peñafort y Nicholas Eymerich fueron destacados miembros de la misma. Con el tiempo, su importancia se fue diluyendo, y a mediados del siglo XV era una institución casi olvidada, aunque legalmente vigente.

En la Corona de Castilla la represión de la herejía corrió a cargo de los príncipes seculares basándose en una legislación también secular aunque reproducía en gran medida los estatutos de la inquisición pontificia. En Las Partidas se admitió «la persecución de los herejes, pero conducirlos, ante todo, a la abjuración; sólo en caso de que persistieran en sus creencias podían ser entregados al verdugo. Los condenados perdían sus bienes y eran desposeídos de toda dignidad y cargo público». En el reinado de Fernando III de Castilla fue cuando se impusieron las penas más duras a los herejes. El propio rey ordenó marcarlos con hierros al rojo vivo, y una crónica habla de que «enforcó muchos home e coció en calderas».

Contexto

Pedro Berruguete: Santo Domingo presidiendo un auto de fe (1475). Las representaciones artísticas normalmente muestran tortura y la quema en la hoguera durante el auto de fe.

Gran parte de la península ibérica había sido dominada por los árabes, y las regiones del sur, particularmente los territorios del antiguo Reino nazarí de Granada, tenían una gran población musulmana. Hasta 1492, Granada permaneció bajo dominio árabe. Las grandes ciudades, en especial Sevilla y Valladolid, en Castilla, y Barcelona en la Corona de Aragón, tuvieron grandes poblaciones de judíos, que habitaban en las llamadas «juderías».

Durante la Edad Media, se había producido una coexistencia relativamente pacífica —aunque no exenta de incidentes— entre cristianos, judíos y musulmanes, en los reinos peninsulares. Había una larga tradición de servicio a la Corona de Aragón por parte de judíos. El padre de Fernando, Juan II de Aragón, nombró a Abiathar Crescas, judío, astrónomo de la corte. Los judíos ocupaban muchos puestos importantes, tanto religiosos como políticos. Castilla incluso tenía un rabino no oficial, un judío practicante.

No obstante, a finales del siglo XIV hubo en algunos lugares de España una ola de violencia antijudía, alentada por la predicación de Ferrán Martínez, arcediano de Écija. Fueron especialmente cruentos los pogromos de junio de 1391: en Sevilla fueron asesinados cientos de judíos, y se destruyó por completo la aljama,​ y en otras ciudades, como Córdoba, Valencia o Barcelona, las víctimas fueron igualmente muy elevadas.

Una de las consecuencias de estos disturbios fue la conversión masiva de judíos. Antes de esta fecha, los conversos eran escasos y apenas tenían relevancia social. Desde el siglo XV puede hablarse de los judeoconversos, también llamados «cristianos nuevos», como un nuevo grupo social, visto con recelo tanto por judíos como por cristianos. Convirtiéndose, los judíos no solamente escapaban a eventuales persecuciones, sino que lograban acceder a numerosos oficios y puestos que les estaban siendo prohibidos por normas de nuevo cuño, que aplicaban severas restricciones a los judíos. Fueron muchos los conversos que alcanzaron una importante posición en los reinos hispanos del siglo XV. Conversos eran, entre muchos otros, los médicos Andrés Laguna y Francisco López Villalobos (médicos de la corte de Fernando el Católico); los escritores Juan del Enzina, Juan de Mena, Diego de Valera y Alfonso de Palencia y los banqueros Luis de Santángel y Gabriel Sánchez, que financiaron el viaje de Cristóbal Colón. Los conversos —no sin oposición— llegaron a escalar también puestos relevantes en la jerarquía eclesiástica, convirtiéndose a veces en severos detractores del judaísmo.[b]​ Incluso algunos fueron ennoblecidos, y en el siglo XVI varios opúsculos pretendían demostrar que casi todos los nobles de España tenían ascendencia judía.[c]​ La revuelta de Pedro Sarmiento (Toledo, 1449) tuvo como principal elemento movilizador el recelo de los cristianos viejos hacia los cristianos nuevos, sustanciado en los estatutos de limpieza de sangre que se extendieron por multitud de instituciones, prohibiéndoles su acceso.



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En el texto hay: el juez que preside un tribunal

Editado: 08.11.2024

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