Eternamente Enamorada

CAPÍTULO 12: LAS REGLAS DEL SILENCIO Y DE LA CULPA

PERSPECTIVA DE ADAM

Isabella se marcha del restaurante como un alma que lleva el diablo, dejándome la palabra suspendida en la garganta antes de que pueda articular una sola defensa. No me levanto de la silla. Tampoco intento ir detrás de ella para detener su huida. Me quedo estático en mi sitio, contemplando el espacio vacío que acaba de dejar al otro lado de la mesa, consciente de que me merezco absolutamente cada gramo del desprecio y del hielo con el que me trata. Después de las palabras tan horribles que le escupí la última vez que intentamos hablar del pasado, no es de extrañar que se niegue en redondo a otorgarme el perdón. Su rencor está justificado; es una fortaleza que yo mismo le ayudé a construir.

Trato de despejar la densa bruma de mis pensamientos y, con los dedos ligeramente entorpecidos por la tensión, saco mi teléfono móvil para abrir el documento que acaba de enviarme por correo electrónico. Es el contrato prenupcial. Deslizo la pantalla con rapidez, ignorando los tecnicismos introductorios hasta llegar al apartado de las cláusulas específicas. A medida que leo cada punto, siento cómo una frialdad legal y descorazonadora se asienta en mi pecho:

  • Cláusula 1#: Absoluta confidencialidad. Nadie ajeno a este círculo cerrado sabrá sobre el contenido confidencial de este acuerdo. Las únicas excepciones permitidas son Luz, Emilie y un máximo de dos abogados externos por cada una de las partes para la revisión legal de los términos.

  • Cláusula 2#: Naturaleza del enlace. Este matrimonio se contrae única y exclusivamente por contrato y con fines estrictamente sociales. Bajo ninguna circunstancia se considerará una unión real; la posición se limitará a la de una "esposa trofeo" ante los medios y la familia.

  • Cláusula 3#: Convivencia habitacional. Tras la celebración del casamiento, en la residencia que sea habitada por ambos, cada uno dispondrá de su propia habitación privada. Por lo tanto, queda explícitamente prohibido dormir juntos, con la única excepción de que haya invitados pernoctando en la casa y sea estrictamente necesario disimular para proteger la fachada.

  • Cláusula 4#: Contacto físico. No habrá manifestaciones de afecto ni contacto físico de ningún tipo en el ámbito privado, a menos que sea estrictamente necesario y requerido por las apariencias en eventos públicos.

  • Cláusula 5#: Relaciones externas. Si así lo desea cualquiera de las partes, se podrá mantener amantes estables o casuales. La única condición inquebrantable es mantener una discreción absoluta, tomando todas las medidas de seguridad necesarias para evitar que el secreto salga a la luz. Se prohíbe explícitamente cualquier vínculo con Jehosely por razones obvias de seguridad legal.

  • Cláusula 6#: Duración del acuerdo. El matrimonio tendrá una vigencia estipulada de dos años, tiempo que se considera suficiente para que los procesos legales y las demandas que pesan sobre el sujeto Adam Scott den por terminados. Si por causas de fuerza mayor el tiempo estipulado se extiende, el contrato se renovará automáticamente para establecer una nueva fecha de divorcio.

  • Cláusula 7#: Régimen económico. La división de bienes será por separación absoluta. A la hora de tramitar el divorcio, los patrimonios económicos previos y acumulados no se verán afectados en lo absoluto; cada parte generará y administrará su propio dinero de forma independiente.

  • Cláusula 8#: Apariciones públicas. Se establece la obligación de salir un mínimo de cinco veces al mes en entornos públicos. Si es posible, tres de estas salidas se realizarán en compañía de Fernanda para proyectar una imagen familiar, y habrá una cita mensual a solas para aparentar unidad y verdadero amor ante la prensa. Esto excluye eventos corporativos y reuniones familiares obligatorias.

  • Cláusula 9#: Ruptura de confidencialidad. Si en dado caso una tercera persona ajena al acuerdo se entera de la existencia de este contrato y el hecho se hace público, el acuerdo se dará por terminado de manera inmediata, procediendo al divorcio exprés.

  • Cláusula 10#: Factor emocional. Si llegara a surgir la remota posibilidad de que nazca un sentimiento romántico real entre ambos firmantes, el contrato quedará sin efecto y se terminará de manera inmediata para evitar complicaciones.

  • Cláusula 11#: Interferencia laboral. Si el contenido de este contrato o la convivencia compartida llegaran a afectar negativamente el plano laboral dentro del bufete, se discutirá de inmediato el traslado de una de las partes a otra firma, recayendo la prioridad de permanencia en Isabella Rubios.

Termino de leer la última línea y dejo caer el teléfono sobre la mesa, soltando un suspiro largo y pesado. La verdad es que el documento es impecable; está perfectamente redactado, blindado contra cualquier cabo suelto y no tengo queja alguna sobre sus condiciones. Nos beneficia a ambos tal como ella lo prometió. Lo único que me genera un sabor amargo y una opresión incómoda en el estómago es la cláusula número cinco, la que nos permite tener amantes. Supongo que no tengo ningún derecho a ponerme exigente ni a reclamar exclusividad; no puedo pedirle más de lo que ya está haciendo por mí, considerando que aceptó este infierno prácticamente a cambio de nada.

Dejo el dinero suficiente sobre la mesa para cubrir la cuenta del almuerzo y me levanto para regresar a las oficinas de la constructora. Camino en silencio, masticando la frialdad de las cláusulas. Una vez en mi despacho, enciendo la impresora y procedo a imprimir el documento para estampar mi firma de una vez por todas. Estoy a punto de tomar las hojas firmadas para cruzar el pasillo e ir a la oficina de Isabella para hacerlo oficial, cuando la puerta de mi despacho se abre de golpe, golpeando la pared con violencia.




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