Hijos del Zodiaco

El Mandato de las Doce Casas Zodiacales

Ley N°1 — Mandato del Nacimiento Ordenado

La llegada de un nuevo ser al mundo deberá ser planeada con meticulosa anticipación, asegurando que el alumbramiento ocurra bajo la influencia del signo zodiacal destinado a regir su existencia. El desorden en el tiempo de nacimiento es considerado un acto de transgresión contra el equilibrio natural.

Calendario de Nacimientos por Signo:

Aries — 21 de marzo al 20 de abril
Tauro — 21 de abril al 21 de mayo
Géminis — 22 de mayo al 21 de junio
Cáncer — 22 de junio al 22 de julio
Leo — 23 de julio al 22 de agosto
Virgo — 23 de agosto al 22 de septiembre
Libra — 23 de septiembre al 22 de octubre
Escorpio — 23 de octubre al 22 de noviembre
Sagitario — 23 de noviembre al 21 de diciembre
Capricornio — 22 de diciembre al 21 de enero
Acuario — 22 de enero al 21 de febrero
Piscis — 22 de febrero al 20 de marzo

Ley N°2 — Mandato de la Herencia Zodiacal

Todo nacimiento deberá producirse obligatoriamente dentro del ciclo zodiacal correspondiente al signo de sus progenitores, de modo que padre, madre e hijo compartan la misma esencia zodiacal. La pureza de la estirpe y la continuidad de la línea energética familiar son principios inquebrantables.

Los nacidos fuera de la sincronía hereditaria serán trasladados sin excepción a la Casa Zodiacal correspondiente a su signo natal, donde serán instruidos bajo la influencia directa de su constelación y el poder de su planeta regente. Allí recibirán la formación necesaria para alinear su esencia con la vibración original que los rige, aunque queden separados de su linaje.

Casas Zodiacales de Exilio y Formación:

Casa 1 (Aries)

Casa 2 (Tauro)

Casa 3 (Géminis)

Casa 4 (Cáncer)

Casa 5 (Leo)

Casa 6 (Virgo)

Casa 7 (Libra)

Casa 8 (Escorpio)

Casa 9 (Sagitario)

Casa 10 (Capricornio)

Casa 11 (Acuario)

Casa 12 (Piscis)

Regencias Planetarias de las Casas Zodiacales:

Aries — Marte

Tauro — Venus

Géminis — Mercurio

Cáncer — Luna

Leo — Sol

Virgo — Mercurio

Libra — Venus

Escorpio — Plutón

Sagitario — Júpiter

Capricornio — Saturno

Acuario — Urano

Piscis — Neptuno

Ley N°3 — Mandato de la Identidad Zodiacal

Todo individuo nacido bajo la influencia de un signo deberá cultivar y exaltar las cualidades esenciales que lo definen, tanto en sus virtudes como en sus imperfecciones. La autenticidad zodiacal no es una elección, sino un deber para con el equilibrio del mundo.

RASGOS PRINCIPALES : Virtudes/Defectos.

Aries — Valentía y Liderazgo / Impulsividad y Agresividad.
Tauro — Perseverancia y Estabilidad / Obstinación y Pasividad.
Géminis — Ingenio y Adaptabilidad / Dispersión y Duplicidad.
Cáncer — Empatía y Protección / Hipersensibilidad y Dependencia.
Leo — Carisma y Nobleza / Soberbia y Dominación.
Virgo — Lógica y Dedicación / Obsesión por el Control y Frialdad Emocional.
Libra — Diplomacia y Equilibrio / Indecisión y Superficialidad.
Escorpio — Intensidad y Lealtad / Obsesión y Rencor.
Sagitario — Idealismo y Honestidad / Dogmatismo e Imprudencia.
Capricornio — Disciplina y Sabiduría / Rigidez y Desconfianza.
Acuario — Creatividad y Humanitarismo / Rebeldía y Desvinculación Afectiva.
Piscis — Intuición y Altruismo / Escapismo y Vulnerabilidad Emocional.

Ley N°4 — Mandato de las Afinidades Elementales

Aunque las uniones de linaje están reservadas exclusivamente a progenitores e hijos del mismo signo zodiacal, las alianzas entre individuos de distintas Casas Zodiacales deberán respetar las armonías y tensiones de los elementos.

Todo ciudadano tiene permitido establecer vínculos sociales, pactos estratégicos o colaboraciones con signos de cualquier elemento; sin embargo, tales vínculos deberán mantenerse dentro de los márgenes de la cooperación formal, sin dar lugar a lazos afectivos de naturaleza íntima, profunda o romántica con individuos de elementos incompatibles.

La mezcla desordenada de energías elementales opuestas en relaciones de afecto íntimo o unión sentimental desencadena desarmonías que alteran la esencia espiritual de las Casas Zodiacales y ponen en riesgo la estabilidad del Reino.

Clasificación de Elementos Zodiacales:

Elemento Aire — Géminis, Libra, Acuario

Elemento Agua — Cáncer, Escorpio, Piscis

Elemento Tierra — Tauro, Virgo, Capricornio

Elemento Fuego — Aries, Leo, Sagitario

Combinaciones Prohibidas (Incompatibilidades en vínculos íntimos):

Aire ✕ Tierra — La liviandad del Aire desestabiliza la firmeza de la Tierra.

Fuego ✕ Agua — El Fuego se extingue ante el abrazo del Agua.

Aire ✕ Agua — El Aire agita y dispersa la serenidad del Agua.

Tierra ✕ Fuego — La Tierra sofoca y apaga la expansión del Fuego.

Combinaciones Permitidas (Afinidades naturales):

Aire = Fuego — Ambos se elevan y potencian en dinamismo y creatividad.




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